RGPD: Por el Artículo 32

Más de tres años después de la entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) resulta interesante pararse a analizar cómo hemos evolucionado en la aplicación de esta nueva normativa europea.
Nuestro objetivo es analizar un apartado de la norma que incumbe directamente a las empresas tecnológicas que trabajan en el sector de la ciberseguridad: el Artículo 32.